viernes, 10 de enero de 2014

Personas con autismo gozarán de atención preferencial en el SIS

Publican ley conforme a lo establecido en la nueva Ley General de la Persona con Discapacidad. Colegios, institutos y universidades deberán incluir en sus programas curriculares información sobre el autismo.



Las personas con trastorno del espectro autista (TEA) están protegidas por una ley que acaba de aprobar el Congreso de la República, mediante la cual se les brindará un trato preferente en temas de salud y educación.

La Ley 30150 busca establecer un régimen legal que fomente la detección y diagnóstico precoz, la intervención temprana, la protección de la salud y la educación integral. Así por ejemplo las personas afiliadas al Seguro Integral de Salud (SIS) tendrán derecho a una atención preferente y acceso a las diferentes atenciones que ofrece este seguro estatal.

La norma garantiza “la capacitación profesional y la completa inserción educativa, social y laboral de esta población, promoviendo la igualdad de oportunidades en todos los escenarios”.



Para cumplir con estos objetivos, y en el marco de la Ley General de la Persona con Discapacidad, el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables elaborará un Plan Nacional que se trabajará de la mano de los ministerios de Salud, Educación; Desarrollo e Inclusión Social, Trabajo y Promoción del Empleo y Transportes y Comunicaciones.

Un punto importante que busca lograrse en el desarrollo de este plan es promocionar e incentivar la investigación científica sobre el autismo, que sea la base para la comprensión y diferentes tratamientos de este trastorno.

Este plan deberá brindar servicios de detención y diagnóstico precoz, atención y tratamiento de las personas con trastornos del espectro autista, con énfasis en zonas rurales; dar orientación sobre el TEA a los familiares de las personas que lo presentan; y lograr la intervención temprana y adecuada de los niños, que incluya intervenciones educativas, conductuales, terapéuticas y otras necesarias, según el diagnóstico médico.

Asimismo, como disposición complementaria,  declara al 2 de abril de cada año como Día Nacional de Concienciación del Autismo, fecha que también fue establecida a nivel mundial por las Naciones Unidas.

Por otro lado, señala que el Ministerio de Educación deberá incluir en sus programas curriculares de colegios, institutos y universidades, información sobre el TEA. De igual manera, dispone la capacitación sobre el autismo al personal profesional de salud y a los docentes. 

Dato legal
La ley precisa que se entiende por trastorno del espectro autista a los trastornos generalizados o penetrantes del desarrollo neurobiológico de las funciones psíquicas que engloban un continuo amplio de trastornos cognitivos y/o conductuales que comparten síntomas centrales que lo definen: socialización alterada, trastornos de la comunicación verbal y no verbal, y un repertorio de conductas restringido y repetitivo.

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